Frente a la aprobación del Congreso del Perú el 11 de octubre de 2018 del proyecto de ley que propone establecer la “modalidad de ejecución humanitaria de la pena” para adultos mayores que hayan cumplido un tercio de su condena, Amnistía Internacional recuerda a las autoridades su obligación de imponer sanciones severas a las personas que sean halladas culpables por la comisión de crímenes de derecho internacional o graves violaciones de derechos humanos.
La organización considera que de ser promulgada por el Presidente, esta ley beneficiaría al ex presidente Alberto Fujimori y a otras personas sentenciadas por delitos que constituyeron crímenes de derecho internacional. La organización expresa su preocupación frente al hecho que esta ley fue aprobada pocos días después que el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia declarara que el indulto otorgado al ex Presidente Alberto Fujimori el 24 de diciembre de 2017 no tiene efectos jurídicos.
En la práctica esta medida afectaría la condena impuesta por la justicia peruana y violaría las obligaciones que el derecho internacional le impone al Estado Peruano. Por ello, la organización, en una Declaración Pública difundida el día de hoy, manifiesta que antes de otorgar cualquier beneficio que pudiera tener el efecto de reducir el cumplimiento de la pena, se deberá considerar los posibles impactos en relación con la gravedad de los crímenes y los derechos de las víctimas.
“Es importante que las familias de las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos reciban muestras claras por parte del Estado peruano de que su larga lucha por justicia va a ser respetada”, dijo Marina Navarro, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Perú. “La aprobación de medidas que pretendan hacer ilusorias las condenas por graves crímenes contra los derechos humanos violan las obligaciones asumidas internacionalmente por parte del Estado y son una afrenta para el derecho a justicia, verdad y reparación de las víctimas”.
El derecho internacional, y las obligaciones a las que está suscrito el Estado Peruano, señalan que las autoridades estatales deben garantizar que los responsables de tales crímenes cumplan su pena, salvo en casos excepcionales, como por ejemplo el de una enfermedad terminal, genuinamente acreditada.