Según un nuevo análisis de Amnistía Internacional, en el mundo han muerto al menos 7.000 profesionales de la salud tras contraer la COVID-19. Solamente en México hay al menos 1.320 fallecimientos confirmados, la cifra más alta para un solo país.
Amnistía Internacional ha registrado también un número elevado de muertes de personal sanitario en Estados Unidos (1.077) y Brasil (634), donde las tasas de infección y muerte han sido altas durante toda la pandemia, así como cifras alarmantes en Sudáfrica (240) e India (573), donde las tasas de infección se han disparado en los últimos meses.
“La muerte de más de siete mil personas mientras trataban de salvar a otras es una crisis de proporciones enormes. Cada profesional sanitario tiene derecho a unas condiciones de trabajo seguras y es un escándalo que tantos y tantas estén sacrificando su vida”, declaró Steve Cockburn, director de Justicia Económica y Social de Amnistía Internacional.
“A muchos meses desde que empezó la pandemia, el número de muertes entre el personal sanitario sigue siendo espantoso en países como México, Brasil y Estados Unidos, al mismo tiempo que la rápida propagación de la infección en Sudáfrica e India muestra la necesidad de que todos los Estados tomen medidas.”
“Debe haber una cooperación global a fin de garantizar que se facilita a todo el personal sanitario equipos de protección adecuados para que puedan continuar haciendo su vital labor sin arriesgar su propia vida.”
El número de infecciones de COVID-19 ha superado recientemente los siete millones en Latinoamérica, y Amnistía Internacional registró cifras especialmente altas de muertes de personal sanitario en México (1.320), Brasil (634) y Perú (183).
Ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud por el COVID 19, el Estado peruano ha establecido una serie de medidas para enfrentar la enfermedad y evitar su propagación, como la declaratoria de estado de emergencia y el aislamiento social obligatorio. Esta respuesta puede afectar la vida y los derechos de millones de personas, por el estado de vulneración de algunos grupos poblacionales.
El Estado peruano tiene la obligación de garantizar los derechos humanos, pues estos no se extinguen en el contexto de emergencias como la generada por el COVID-19, y todas las medidas adoptadas deben centrarse en su cumplimiento. Por lo tanto, es necesario respetar la legalidad, legitimidad, necesidad y proporcionalidad al restringir algunos derechos humanos en el contexto de la respuesta a la emergencia. Algunos como el derecho a la vida, a no sufrir tortura o a solicitar asilo no pueden nunca ser restringidos.
Ante ello, pedimos a las autoridades peruanas:
El derecho a la salud, tal como lo garantiza la Declaración Universal de Derechos Humanos, establece el derecho a acceder a atención médica, el derecho a la información y la prohibición de la discriminación en la prestación de servicios médicos. Por esta razón, todas las personas sin importar su origen étnico, nacionalidad, situación socioeconómica o situación migratoria tienen el mismo derecho a acceder a las medidas de prevención, atención médica adecuada contra el coronavirus. Ello implica medidas de prevención, disponibilidad de pruebas diagnósticas y tratamiento, sin discriminación alguna.
Las medidas de aislamiento social y de estado de emergencia, impuestas por el Estado peruano para evitar el contagio, así como el ingreso de las Fuerzas Armadas como apoyo a la Policía Nacional para el control del orden interno, no deben traer consigo el uso excesivo de la fuerza. Si bien los derechos a las libertades personales, libre circulación y reunión han sido suspendidos, los mecanismos para garantizar el debido proceso en caso de detenciones deben quedar intactos. Se exhorta además a que la respuesta de las fuerzas del orden sea equiparable al control policial y no se usen medidas de seguridad nacional, pues se trata de una medida excepcional para el control interno, y no para repelar a un enemigo público
Las autoridades peruanas deben proveer protección particular a las mujeres y las niñas para que no sean víctimas de la violencia doméstica, proporcionando un acceso adecuado a la atención de salud materna de emergencia, y teniendo en cuenta el papel de las mujeres como cuidadoras primarias ante las medidas de cuarentena.
Se debe tener en cuenta de manera prioritaria a grupos de población que viven en vulneración, como las personas de la comunidad LGBTI, personas refugiadas o solicitantes de asilo, los migrantes o desplazados, los pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes, las personas que viven en zonas marginadas y las personas en detención. Es necesario garantizarles el acceso a recursos mínimos vitales que permitan el derecho a la alimentación, vivienda y demás servicios básicos, indispensables para su subsistencia.